¿¡Aseguramiento del abastecimiento eléctrico (Energieversorgung) a pesar de las deudas?!

¡La energía y alquiler deben tener preferencia en su plan de presupuesto! ¡Pagar la corriente y el gas es más importante que amortizar las deudas (aunque la agencia de cobros le presione...)!

¡Las deudas por energía eléctrica ponen en peligro su existencia ya que significan en su última consecuencia el bloqueo del suministro (Liefersperre) y la rescisión del contrato (Vertragskündigung)! Procure en su propio interés pagar regularmente la corriente y el alquiler.

Dé la orden permanente al banco o haga transferir el importe global por la energía directamente a través de ARGE-Autoridad de Asistencia Social a la cuenta del abastecedor.

Si tiene pagos atrasados, la empresa de abastecimiento de energía (EVU) no puede sencillamente de un día al otro suspender el suministro de energía, sino tiene que cumplir los siguientes requisitos:

  • Reclamación del pago (Mahnung): La EVU tiene que reclamar el pago atrasado.
  • Advertencia del bloqueo: El bloqueo del suministro tiene que ser advertido (sin forma específica). (Por regla general, la advertencia se une con la reclamación del pago, lo que es procedente).
  • Prolongación del plazo (Nachfrist) de 4 semanas: Desde la entrada de la advertencia del bloqueo tienen que transcurrir 4 semanas.
  • Aviso del bloqueo: El principio del bloqueo tiene que ser avisado nuevamente por lo menos 3 días hábiles antes de bloquear.
  • El atraso tiene que ascender por lo menos a 100 EUR (en el caso de la corriente eléctrica).

a) ¡Pónganse de acuerdo sobre una prórroga (Stundung) o pago a plazos (Ratenzahlung)! Si usted se da cuenta que no podrá pagar puntualmente el importe global o el importe restante de su liquidación de fin de año, debería informar al proveedor inmediatamente y exponerle las razones de sus dificultades temporarias en pagar. Muchos proveedores lo comprenden y consienten con el pago a plazos en la liquidación anual siendo necesario que los atrasos del último año sean satisfechos a más tardar hasta la próxima liquidación anual.

Eventualmente es posible el pago único debido a la gratificación de vacaciones, prima de navidad o reintegro de impuestos.

b) ¡Haga hincapié sobre las consecuencias graves del bloqueo! El suministro no puede ser suspendido si los perjuicios del bloqueo son especialmente graves en relación con el pago atrasado. La empresa abastecedora (EVU) debería tener en cuenta por sí sola las consecuencias pero usted debe comunicarle sin dilación los perjuicios previsibles.

Ejemplos: Cuidados de niños pequeños, personas enfermas, minusválidos, ancianos, nocividad a la salud por falta de calefacción, diálisis a domicilio, aparatos de respiración artificial, peligro para el fundamento de la existencia (por ejemplo trabajos caseros, trabajo de preparación para el examen). Pero: Aunque existan estas razones, usted tendrá que pagar en el futuro un pago mensual a cuenta, porque si no lo hace, ¡a pesar de todo le espera el bloqueo del suministro!

c) ¡Acredite su solvencia para el futuro! El bloqueo del suministro es improcedente también en el caso de que usted como cliente expone razonablemente que todos los atrasos serán satisfechos. Para este fin diríjase lo más pronto posible a la administración social de su ciudad o comunidad y solicite asunción de las deudas en concepto de préstamo (Übernahme der Energieschulden als Darlehen). El fundamento legal (Rechtsgrundlage) es el § 36 del Código Social alemán (SGB XII) que tiene la tarea de impedir la pérdida de domicilio. La interrupción del abastecimiento de energía es reconocida como “situación precaria comparable”.

Si usted recibe el subsidio para desempleo (Arbeitslosengeld) II (Hartz IV), informe a la persona de contacto en la ARGE/Jobcenter sobre el bloqueo de energía amenazado y solicite allí que se encarguen de los atrasos de pago de energía con calidad de préstamo. El fundamento legal es el § 22 párrafo 5 del SGB II.

La autoridad va a examinar si existe el peligro de que surja una situación precaria (Notlage) (por ej. niño pequeño, la vivienda sin calefacción en invierno) y cuáles son las causas de los atrasos de pago de la energía.

La reducción del pago futuro del subsidio para el desempleo ALG II no se prevé en el § 22 párrafo 5 del SBG II. El acuerdo sobre el pago a plazos al cual eventualmente usted se comprometió, es voluntario y puede (aunque sea denominado como irrevocable) ser terminado en cualquier momento con el efecto para el futuro si el resto de la prestación social no es suficiente para la vida.

Atención: ¡Mande la copia de su solicitud de la asunción de las deudas de energía a la empresa de abastecimiento de energía (EVU)!

El abastecimiento con energía tiene que ser reanudado inmediatamente después de que ha sido satisfecho el atraso de pago. No obstante usted tiene que desembolsar el importe global para los costes del bloqueo y para la reanudación del suministro. La empresa suministradora de energía (EVU) puede exigir adicionalmente una constitución de garantía /fianza/ (Sicherheitsleistung /Kaution/).

Una alternativa puede ser el suministro contra pago anticipado en forma del contador prepaid (Prepaid-Zähler) - (el llamado sistema electrónico de pagos anticipados.)

 

Si usted no puede pagar el atraso y la asunción de las deudas por energía por la autoridad fracasa, puede ser una salida un nuevo contrato de abastecimiento. Para el nuevo abastecedor usted tiene que ser conectado a la red nuevamente. Sin embargo, muchos oferentes hacen depender la conclusión del contrato de la información positiva de SCHUFA (Schufa – agencia de protección de crédito). Y también, la nueva empresa abastecedora (EVU) demora más de un mes calendario que hasta que empiece a suministrar la energía a cuenta.

Atención: Puede ser, que el cambio del suministrador sea una salida en casos singulares. Sin embargo, si usted vuelve a no pagar la cuenta al nuevo abastecedor de energía, ¡corre el peligro de ser denunciado por el fraude!